Modelo de Justicia Laboral




El 1° de mayo de 2019 se publicó el Decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; una reforma amplia, histórica y profunda basada en 3 pilares: Impartición de Justicia Laboral, Democracia y Libertad Sindical y la creación de los Centros de Conciliación Laborales. Con el nuevo Modelo de Justicia Laboral antes de demandar en caso de controversias laborales, será obligatorio intentar alcanzar un acuerdo. Para ello, se crean Centros de Conciliación Laboral integrados por profesionales capacitados en medios alternos de solución de conflictos. De no lograr conciliar, las partes podrán acudir a los Tribunales Laborales dependientes del Poder Judicial, con juicios orales, ágiles, modernos, expeditos y en presencia de un juez. Las Juntas de Conciliación y Arbitraje desaparecerán, una vez que concluyan su rezago.

Etapa de conciliación
Se regula por los artículos 684-A al 684-E de la Ley Federal del Trabajo. Es una instancia gratuita, imparcial y confidencial. Además, es rápida y ágil pues tiene una duración máxima de 45 días. De no lograr un acuerdo, se emitirá una constancia de no conciliación para poder iniciar un juicio ante los Tribunales Laborales competentes. No será necesario agotar esta instancia en casos de discriminación, acoso y violencia laboral, y en general, violaciones a los derechos humanos; así como para la designación de beneficiarios, entre otros.

Etapa de juicio
-Se regula por los artículos 870 al 891 de la Ley Federal del Trabajo.
-El nuevo procedimiento laboral se rige por principios de oralidad, inmediación, continuidad, concentración y publicidad.
-La fase escrita consiste en la presentación y contestación de la demanda, incluyendo las pruebas; y en la admisión de réplicas y reconvenciones.
-La fase oral consiste en dos audiencias:

A) Audiencia preliminar. Se depura el procedimiento, se establecen hechos no controvertidos, se admiten o desechan pruebas y se cita a audiencia de juicio.

B) Audiencia de juicio. Se desahogan pruebas, se formulan alegatos y se emite sentencia.




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Secretaría de Trabajo de Estado de Puebla