Impulso a Sociedades Cooperativas





Tiene como objetivo fomentar el trabajo digno mediante el otorgamiento de apoyos para el impulso de las Sociedades Cooperativas de Productores de Bienes y/o Servicios, con domicilio fiscal en el estado de Puebla.

El apoyo consiste en la dotación de bienes como maquinaria, equipo y/o herramienta, indispensables para los procesos productivos de transformación de materia u otorgamiento de servicios de las Sociedades Cooperativas legalmente constituidas.



A las socias y los socios de una sociedad cooperativa debidamente constituida, que tengan actividades de producción en el estado de puebla y que requieran equipamiento para fortalecer sus actividades productivas.

El apoyo se entrega por única vez, y por cada proyecto podrá ser por la cantidad de hasta $120,000.00 (ciento veinte mil pesos 00/100 M.N.) sujeto a la evaluación realizada de las necesidades y alcances financieros de la cooperativa. En virtud de lo anterior, y de acuerdo a la meta de apoyos programada para el ejercicio fiscal vigente, la dotación de los bienes es responsabilidad de la Secretaría de Trabajo, y se realizará conforme a los procedimientos administrativos para la adquisición de bienes establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.

I. Formato ISC-24 disponibles en la página web st.puebla.gob.mx

II. Original y copia legible de Identificación oficial vigente con fotografía de las y los socios de la Sociedad Cooperativa (Credencial del Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en el caso de personas migrantes, credencial de residencia expedida por la Secretaría de Gobernación).

III. Original y copia legible de comprobante de domicilio no mayor a tres meses de las y los socios de la Sociedad Cooperativa.

IV. Clave Única de Registro de Población (CURP) de las y los socios de la Sociedad Cooperativa, con fecha de impresión no mayor a tres meses.

V. Original y copia legible de comprobante de domicilio no mayor a tres meses del lugar de operaciones en donde se instalará el apoyo.

VI. Copia de Acta Constitutiva de la Sociedad Cooperativa (en el caso de las cooperativas que se encuentren en proceso de protocolización mediante los apoyos del subprograma Constitución de Sociedades Cooperativas, deberán presentar la relación de folio del ejercicio fiscal anterior)

VII. Cotización de los bienes solicitados (que se utilizará como referencia económica).

Para entregar Cotización del apoyo solicitado, ésta, deberá ser emitida por establecimientos mercantiles formales y acorde a los costos de mercado para bienes; así como también, contar con las siguientes características:

a) Hoja membretada con logotipos de la empresa;
b) Datos generales de la empresa (Nombre, Domicilio, Teléfono, RFC.);
c) Características técnicas de cada producto cotizado;
d) Precio unitario de cada bien cotizado;
e) Subtotal;
f) Impuesto al Valor Agregado. (I.V.A.); y
g) Monto total.

Las cotizaciones presentadas no podrán exceder el monto límite establecido.

En caso de que la documentación sea correcta, la Instancia Ejecutora realizará una entrevista, que podrá ser presencial, virtual o telefónica, en donde evaluará las solicitudes de las cooperativas interesadas de conformidad con el formato, bajo criterios de viabilidad, sostenibilidad, legalidad, número de integrantes y generación de empleos, a efecto de determinar la procedencia de las mismas. En ese sentido, solicitará imágenes específicas del sitio en donde se implementa la idea de negocio, consistentes en fotografías nítidas de:

● La entrada al domicilio donde se implementa
● La infraestructura y equipo de trabajo preexistente
● La dimensión del lugar de trabajo o local
● Las personas que integran el proyecto laborando
● Las que se estimen pertinentes



PROCEDIMIENTO

La Subdirección de Productividad valorará a las Cooperativas que cumplen con los requisitos de elegibilidad de conformidad con las presentes Reglas de Operación y Convocatoria, para presentar la relación de las Sociedades Cooperativas elegibles ante el Comité Evaluador para su revisión y validación.

Además, notificará vía escrita o electrónica a las y los solicitantes, la resolución del Comité Evaluador, respecto a las Sociedades Cooperativas que resultaron aprobadas, así como no aprobadas. Debiendo a su vez informar al Órgano Interno de Control en la Secretaría de Trabajo, la fecha de la entrega de los apoyos.

Personal de la Subdirección de Productividad acudirá a la firma de la carta responsiva de entrega del apoyo aprobado, haciendo constar que se recibe a plena satisfacción de las y los beneficiarios.

En su caso, la Sociedad Cooperativa beneficiada deberá, además, acreditar el cumplimiento de la normatividad aplicable para avisos, permisos y licencias de establecimientos mercantiles.

Las y los socios de la Sociedad Cooperativa beneficiada se comprometen a hacer buen uso del equipamiento y si fuera necesario a capacitarse en su manejo.

Las personas beneficiarias del Subprograma deberán usar los bienes entregados de acuerdo a la propuesta aprobada y no podrán vender, rentar, empeñar, prestar a terceros total y/o parcialmente los apoyos recibidos. En caso de incurrir en alguno de estos supuestos, los bienes deberán de ser devueltos, en caso contrario, la Secretaría de Trabajo hará de conocimiento a la autoridad competente a efecto de que determine las responsabilidades, infracciones o delitos que estime pertinentes.

Si la Sociedad Cooperativa requiere cambiar de domicilio, las personas beneficiarias deberán notificar por escrito a la Instancia Ejecutora, en un plazo no mayor a 30 días hábiles.

Si el grupo beneficiado del apoyo desiste del mismo, deberán notificarlo por escrito a la Instancia Ejecutora a fin de que lo comunique al Comité Evaluador para determinar lo conducente.

En el supuesto de que el apoyo entregado haya tenido algún siniestro, los beneficiarios deberán notificar por escrito a la Instancia Ejecutora, quien valorará lo conducente.

Una vez entregado el apoyo, si se requiere hacer uso de la garantía por defecto de uso o fabricación, el representante de la Cooperativa lo tendrá que informar por escrito de manera inmediata a la Instancia Ejecutora, a fin de que realice el procedimiento correspondiente.

Todo apoyo deberá ser estrictamente nuevo, salvo los casos de reasignación por incumplimiento.

No se apoyará con insumos materiales y/o materias primas.

Para fines de seguimiento, la instancia ejecutora podrá realizar visitas al domicilio de la Sociedad Cooperativa o entrevistas telefónicas con el objetivo de verificar el uso adecuado de los bienes otorgados según los fines establecidos por los solicitantes, por un periodo de hasta doce meses una vez entregados los apoyos.

Los apoyos a entregarse estarán sujetos a la suficiencia presupuestal autorizada para el ejercicio fiscal 2024.



Secretaría de Trabajo del Estado de Puebla

Secretaría de Trabajo del Estado de Puebla Oficina de la Dirección General de Empleo y Participación: Callejón de la 10 norte, No. 806, Paseo de San Francisco, Barrio el Alto, C.P. 72000, Puebla, Puebla.
Horario de atención: de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Teléfono: (222) 2464457 ext. 225 y 227
Correo electrónico: apoyos.cooperativas@puebla.gob.mx

Responsables:

C. Maribel Miguel Vargas, Directora General de Empleo y Participación
C. Elviz Eduardo Ramírez Villatoro, Subdirector de Productividad
C. Antonio Arellano Abasolo, Coordinador del Subprograma



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