Tiene el objetivo de impulsar la economía social y solidaria, a través del apoyo para la protocolización de las actas que constituirán a las Sociedades Cooperativas de grupos organizados que residan en el estado, enfocados a las vocaciones productivas de las regiones.
Este apoyo está dirigido a grupos de personas que estén interesados en constituirse como una Sociedad Cooperativa de Consumidores de Bienes y/o Servicios y/o de Productores de Bienes y/o Servicios, de conformidad con la Ley General de Sociedades Cooperativas.
El apoyo consistirá en la entrega de un apoyo económico emitido a la persona designada como representante del grupo de la Sociedad Cooperativa a constituir por un monto de hasta $ 6,000.00 (Seis mil pesos 00/100 M.N.) para el pago de honorarios del Fedatario Público, quien realizará el proceso de protocolización de Sociedades Cooperativas de Consumidores de Bienes y/o Servicios y/o de Productores de Bienes y/o Servicios
El representante de la Sociedad Cooperativa a constituir destinará el apoyo entregado al pago único que se realiza por los derechos generados para el otorgamiento de poderes, la constitución de cooperativas y cualquier otro derecho inherente de tales colectividades ante Fedatario Público.
En consonancia con el apoyo, se brindará acompañamiento para solicitar la autorización de uso de denominación o razón social ante la Secretaría de Economía del Gobierno de México, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable;
La Dirección General de Empleo y Participación realizará las gestiones para que la escritura pública adquiera efectos ante terceros, mediante los servicios del Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla (IRCEP); y dará asesoría a la cooperativa para registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y ante el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)
En su caso, la Subdirección de Productividad dará asesoría para que la cooperativa cumpla con lo establecido en el artículo doceavo fracción II de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización, en donde se señala que las cooperativas estarán obligadas a registrarse como patrón o sujeto obligado ante el instituto a partir de su constitución.
REQUISITOS
A efectos de recibir un folio de registro ante la Subdirección de Productividad, las personas interesadas en este apoyo, deberán presentar la siguiente documentación:
• Formato CSC-1 “Solicitud del Subprograma Constitución de Sociedades Cooperativas”, disponible en la página web st.puebla.gob.mx, a petición al correo formemos.cooperativas@puebla.gob.mx, o a solicitud en la Dirección General de Empleo y Participación.
• Identificación oficial vigente con fotografía de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir (Credencial del Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en el caso de personas migrantes, credencial de residencia expedida por la Secretaría de Gobernación).
• Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
• Clave Única de Registro de Población (CURP) de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
• Constancia de Situación Fiscal con estatus en el padrón de “activo” o “reactivado” bajo cualquier régimen, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
• Actas de nacimiento de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
• En el caso de que uno o más socios de la Sociedad Cooperativa a constituir, se encuentren en estado civil de “casada o casado”, deberán presentar las actas de matrimonio correspondientes, así como la documentación aplicable a este Subprograma de sus cónyuges.
Documentos constitutivos (estos formatos pueden ser descargados a modo de ejemplo o base a través de la página web st.puebla.gob.mx) y son los siguientes:
a) Formato de Convocatoria requisitado.
b) Acta de Asamblea.
c) Formato de Acta Constitutiva requisitado.
d) Bases Constitutivas.
e) Manifiesto de Voluntad. (Por socia o socio)
f) Modelo de Certificado de Aportación. (Por socia o socio)
Una vez que las y los interesados entreguen los documentos y formatos requisitados, la Subdirección de Productividad revisará la información y notificará si se requieren correcciones, actualizaciones o cambios. Durante el procedimiento, este seguimiento será permanente por lo que se requiere que las personas solicitantes permanezcan atentas a los medios de contacto establecidos en la solicitud.
PROCEDIMIENTO
1. Se evaluarán las solicitudes de los grupos interesados bajo criterios de viabilidad, sostenibilidad, legalidad y generación de empleos, a efecto de determinar la procedencia de las mismas.
2. Se orientará a los grupos solicitantes para solicitar la autorización de uso de denominación ante la Secretaría de Economía del Gobierno de México, a través del portal https://mua.economia.gob.mx/ o vía correo electrónico.
3. Para efectuar la solicitud, se requiere de la utilización de una firma electrónica (e-firma) que otorga la Secretaría de Hacienda, preferentemente, se recomienda que sea de alguno de los integrantes de la Sociedad Cooperativa a constituir. Al contar con la denominación o razón social autorizada y con la Clave Única de Documento (CUD), se podrá validar la convocatoria de la Asamblea General.
4. Si la Sociedad Cooperativa a constituir ha cubierto los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades Cooperativas, las Reglas de Operación del Programa y la convocatoria, la solicitud se podrá procesar y se realizarán las gestiones necesarias para el otorgamiento del apoyo económico, cuyo propósito es que sean cubiertos los gastos generados por los servicios notariales.
5. Se designará una fecha y horario para entregar los apoyos económicos, mismos que surtirán efecto una vez acordado el día de pago al Fedatario Público designado.
6. Los apoyos serán entregados únicamente a las personas designadas como representantes por las y los socios de las Sociedades Cooperativas a constituir, a menos que el grupo interesado notifique de manera escrito del cambio en la designación del mismo.
7. Se designará a un Fedatario Público, quien se encargará de la articulación de las Actas Constitutivas correspondientes, turnando los documentos de la Sociedad Cooperativa a constituir mediante la integración de un expediente único.
8. La Subdirección de Productividad se encargará de monitorear los procesos de constitución a fin de que el recurso sea ejercido durante el ejercicio fiscal vigente, independientemente de la fecha en la que se realice la firma de la escritura y su posterior registro ante el IRCEP y el SAT.
9. Se monitoreará la creación de las Actas, y se notificará a las personas beneficiarias acerca de la fecha de firma de las mismas, para que acudan a las Notarías Públicas correspondientes.
10. El Fedatario Público designado deberá proporcionar a las y los interesados, la documentación electrónica necesaria para realizar el alta de la Sociedad Cooperativa en el Registro Federal de Contribuyentes, y de contar con acceso a la plataforma del Sistema de Gestión Registral (SIGER), el Fedatario Público registrará a la Sociedad Cooperativa ante el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, o en su defecto, solicitará a la Instancia Ejecutora, agendar una cita para realizar este proceso.
11. La Dirección General de Empleo y Participación en coordinación con el Fedatario Público designado notificarán a la Cooperativa, la fecha de entrega de su Acta Constitutiva.
12. Una vez constituidas las sociedades cooperativas, el representante de la Sociedad deberá solicitar cita en la oficina del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el Alta de la Sociedad Cooperativa en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y en su caso, ante el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), así como al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Secretaría de Trabajo del Estado de Puebla
Secretaría de Trabajo del Estado de Puebla Oficina de la Dirección General de Empleo y Participación: Callejón de la 10 norte, No. 806, Paseo de San Francisco, Barrio el Alto, C.P. 72000, Puebla.
Horario de atención: de 9:00 a. m. a 6:00 p.m.
Teléfono: (222) 2464457
Correo electrónico: formemos.cooperativas@puebla.gob.mx
Responsables
C. Maribel Miguel Vargas, Directora General de Empleo y Participación
C. Elviz Eduardo Ramírez Villatoro, Subdirector de Productividad
C. Juan Carlos Galindo Gómez, Coordinador del Subprograma