Capacitación para el Empleo



Cooperativas

Busca otorgar cursos de capacitación a la población en condiciones de desempleo, subempleo o trabajo independiente, para adquirir o fortalecer conocimientos y habilidades que faciliten su colocación al mercado laboral o le permitan desarrollar una actividad económica por cuenta propia, de acuerdo a las vocaciones productivas de las regiones. Dichas capacitaciones se impartirán de manera presencial o virtual en las modalidades de:

• Capacitación para el Autoempleo
• Capacitación en el Empleo
• Capacitación para la Reinserción Social

El apoyo consiste en implementar cursos de capacitación sobre competencias laborales, impartidas por capacitadores especializados, y en su caso, un estímulo considerado beca de capacitación.



Los cursos de capacitación se brindarán a personas buscadoras de empleo, subempleo o trabajadores independientes para actualizar, mejorar y/o reconvertir sus competencias, habilidades y/o destrezas laborales.

Se conformará grupos de quince personas, quienes podrán recibir la capacitación de acuerdo a sus necesidades y requerimientos, requisitando el formato Capacítate-24, en donde se expondrá el listado con los nombres de las personas interesadas en la temática de capacitación.

a) Se proporcionarán capacitaciones en competencias laborales a petición de grupos solicitantes.
b) En su caso, $1,500.00 (Mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por concepto de beca de apoyo.
c) Se podrán impartir cursos sin acceso a la beca de capacitación.

Los cursos de capacitación se brindarán a personas buscadoras de empleo, subempleo o trabajadores independientes para actualizar, mejorar y/o reconvertir sus competencias y habilidades laborales.

Para la modalidad “Capacitación en el Empleo”, se tomará en cuenta a personas empleadas en centros de trabajo.

Para la modalidad “Capacitación para la Reinserción Social”, se tomará en cuenta a personas privadas de la libertad, que, en colaboración con Centros Penitenciarios, busquen capacitarse en aras de favorecer sus oportunidades de reinserción social y laboral.

Cada capacitación se conformará por grupos de quince personas, quienes podrán recibir la capacitación de acuerdo a sus requerimientos de destrezas y conocimientos laborales.

En su caso, los cursos otorgados por el Centro de Especialización de Recursos Humanos de Alto Nivel del Sector Automotriz (CERHAN), podrán tener un cupo menor, delimitado por la capacidad de otorgar los insumos necesarios para la implementación de las respectivas capacitaciones.

Los cursos podrán ser presenciales o virtuales, en función del Plan de Capacitación propuesto por el Centro Capacitador, programando los horarios de acuerdo a lo establecido entre la Instancia Ejecutora y el Representante de Grupo.

Los horarios de las sesiones deberán tener una duración de cuatro horas, y los capacitadores serán personal asignado por el Centro Capacitador.


I. Integrar un grupo de quince personas interesadas en el mismo tema.

II. Nombrar a un representante que se encargará de hacer las gestiones de solicitud ante la Secretaría de Trabajo.

III. Presentar la siguiente documentación:

a) Formato Capacítate-24, disponible en la página web st.puebla.gob.mx, o solicitado de manera presencial, en oficinas de la Instancia Ejecutora.
b) Original y copia legible de Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial del Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores). En el caso de personas migrantes, credencial de residencia expedida por la Secretaría de Gobernación, y en el caso de personas privadas de la libertad, ficha de ingreso al Centro Penitenciario que comprueba su identidad, misma que incluye fotografía y huella).
c) Original y copia legible de comprobante de domicilio no mayor a tres meses (En el caso de personas privadas de la libertad, la del Centro Penitenciario o el documento que expida el mismo).
d) Clave Única de Registro de Población (CURP) con fecha de impresión no mayor a tres meses.
La Secretaría de Trabajo a través de la Subdirección de Productividad revisará la documentación correspondiente de cada solicitud y determinará su elegibilidad, conforme a los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación y Convocatoria.


La Subdirección de Productividad evaluará la viabilidad y pertinencia de las solicitudes elegibles y en su caso aprobará las solicitudes de cursos de capacitación conforme a la demanda, priorizando a los municipios con mayor tasa de desempleo y marginación.

Posteriormente, notificará vía telefónica, correo electrónico o medios digitales al representante del grupo a capacitarse si el curso fue aprobado o no aprobado, así como su respectiva fecha de inicio, los horarios, la modalidad y el lugar para tomar la capacitación.

La impartición de los cursos de capacitación, se llevará a cabo por conducto del Centro Capacitador, el cual deberá contar con condiciones para el traslado a sedes donde se capacitará a los grupos de beneficiarios; o en su caso, con la infraestructura para otorgar la capacitación.

Durante el tiempo que dure la capacitación, será responsabilidad de los capacitados tener una participación activa, asistir puntualmente a los cursos, así como realizar las actividades designadas por el Capacitador.

La Instancia Ejecutora podrá llevar a cabo supervisiones a los cursos de capacitación, a fin de verificar su correcta impartición, pudiendo realizar llamadas telefónicas a las y los beneficiarios y/o visitas aleatorias.

Para acceder al apoyo de “Beca de Capacitación”, los capacitados deberán tener una asistencia superior al 80% de la totalidad de sesiones del curso, y en su caso, justificar ante el Capacitador sus inasistencias; además, deberán llevar a cabo las actividades que formen parte de la capacitación, así como realizar la entrega de los trabajos o tareas que se le asignen.

El Centro Capacitador, por conducto de los capacitadores, entregará la documentación probatoria en los formatos membretados que la Secretaría de Trabajo proporcione, previo a la realización de los cursos, mismos que serán:

a) Ficha General de Asistencia (en donde se establece si la persona cumple o no con los requisitos para recibir la beca), y
b) Evidencia fotográfica.

Cuando se hayan impartido las capacitaciones y se hayan entregado los documentos probatorios, la Instancia Ejecutora solicitará a la Dirección de Administración de la Secretaría de Trabajo, realice las gestiones necesarias para la entrega de los apoyos (beca de capacitación) a quienes hayan concluido satisfactoriamente los cursos.

El apoyo será otorgado a través de los medios que estime la Secretaría de Trabajo, mismo que se brindará exclusivamente a las personas beneficiarias. Para ello, se les citará en las instalaciones de la Secretaría de Trabajo o lugares a convenir, y se les solicitará presentar identificación oficial vigente para cotejar el nombre de la persona beneficiaria, así como para requisitar la póliza correspondiente.

Una vez notificada la fecha de entrega del apoyo, vía telefónica, correo electrónico o medios digitales, las personas beneficiarias tendrán un plazo de treinta días hábiles para recogerlo, concluido este periodo, se procederá a la cancelación del beneficio económico.

La Secretaría de Trabajo por conducto de la Instancia Ejecutora, en coordinación con el Centro Capacitador, entregará las constancias por las competencias laborales adquiridas a las personas beneficiadas que acreditaron satisfactoriamente.

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Secretaría de Trabajo

Oficina de la Dirección General de Empleo y Participación

Callejón de la 10 norte #806, Paseo de San Francisco, Barrio el Alto, C.P.72000; Puebla, Puebla.
Horario de atención: de 9:00 a. m. a 3:00 p.m.
Tel: (222) 2464457
Correo electrónico: capacitacion.empleo@puebla.gob.mx

Responsables

C. Maribel Miguel Vargas, Directora General de Empleo y Participación
C. Elviz Eduardo Ramírez Villatoro, Subdirector de Productividad
C. Norma Romero Pérez, Coordinadora del Subprograma


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