Capacitación para el Empleo



Cooperativas

Busca otorgar cursos de capacitación a la población en condiciones de desempleo o subempleo, para adquirir o fortalecer conocimientos y habilidades que faciliten su colocación al mercado laboral o le permitan desarrollar una actividad económica por cuenta propia, de acuerdo a las vocaciones productivas de las regiones. Dichas capacitaciones se impartirán en las vertientes de: emprendimientos, oficios y técnicos/profesionistas en las modalidades presencial o en línea.

El apoyo consiste en implementar cursos de capacitación sobre competencias laborales, impartidas por capacitadores especializados, y en su caso, un estímulo considerado beca de capacitación.



Los cursos de capacitación se brindarán a personas buscadoras de empleo, subempleo o trabajadores independientes para actualizar, mejorar y/o reconvertir sus competencias, habilidades y/o destrezas laborales.

Se conformará grupos de quince personas, quienes podrán recibir la capacitación de acuerdo a sus necesidades y requerimientos, requisitando el formato CPE-2, en donde se expondrá el listado con los nombres de las personas interesadas en la temática de capacitación.

Se proporcionarán capacitaciones en competencias laborales a petición de grupos solicitantes. En su caso, $ 2,000.00 (Dos mil pesos 00/100 M.N.) por concepto de beca de apoyo. Los apoyos a entregar serán económicos, cumpliendo todos los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación y convocatoria. Se podrán impartir cursos sin acceso a la beca de capacitación.

Se considerarán procesos de capacitación en las áreas de conocimiento de oficios, servicios, formación, consolidación y conocimientos de aspectos para emprendimientos, tecnologías de la información, aspectos administrativos, técnicos-profesionistas, asistencia para el desarrollo de actividades agropecuarias o del primer sector, actividades de transformación e industria, competencias tecnológicas y de innovación, procesos agroecológicos, artes y actividades culturales con fines lucrativos, así como habilidades para el trabajo.

Las personas interesadas en el apoyo, deberán:

I. Integrar un grupo de quince personas interesadas en el mismo tema.

II. Nombrar a un representante que se encargará de hacer las gestiones de solicitud ante la Secretaría de Trabajo, para ello, deberán presentar solicitudes individuales y una solicitud grupal a través de los formatos: CPE-1 y CPE-2.

III. Presentar la siguiente documentación:

a) Formatos CPE-1 y CPE-2 disponibles en la página web st.puebla.gob.mx; a solicitud al correo capacitacion.empleo@puebla.gob.mx, o presencial en oficinas de la Instancia Ejecutora.
b) Original y copia legible de Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial del Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores). En el caso de personas migrantes, credencial de residencia expedida por la Secretaría de Gobernación, y en el caso de personas privadas de la libertad, ficha de ingreso al Centro Penitenciario que comprueba su identidad, misma que incluye fotografía y huella).
c) Original y copia legible de comprobante de domicilio no mayor a tres meses (En el caso de personas privadas de la libertad, la del Centro Penitenciario o el documento que expida el mismo).
d) Clave Única de Registro de Población (CURP) con periodo no mayor a tres meses.

La Subdirección de Productividad evaluará la viabilidad y pertinencia de las solicitudes elegibles y en su caso aprobará las solicitudes de cursos de capacitación conforme a la demanda, priorizando a los municipios con mayor tasa de desempleo y marginación.

La Dirección General de Empleo y Participación notificará al representante del grupo a capacitarse si el curso fue aprobado o no aprobado, así como su respectiva fecha de inicio, los horarios, la modalidad y el lugar para tomar la capacitación.

La impartición de los cursos de capacitación, se llevarán a cabo por conducto del Centro Capacitador, el cual deberá contar con condiciones para el traslado a sedes donde se capacitará a los grupos de beneficiarios; así como con el respaldo de infraestructura para otorgar la capacitación.

Durante el tiempo que dure la capacitación, será responsabilidad de los capacitandos tener una participación activa, asistir puntualmente a los cursos, así como realizar las actividades designadas por el Capacitador.

La adquisición y uso de materiales necesarios para el desarrollo de la capacitación, no serán otorgados o financiados por la Secretaría de Trabajo

. Se llevarán a cabo supervisiones a los cursos de capacitación, a fin de verificar su correcta impartición, pudiendo realizar llamadas telefónicas a las y los beneficiarios y/o visitas aleatorias.

Para acceder al apoyo, los capacitandos deberán tener una asistencia superior al 80% de la totalidad de sesiones del curso, y en su caso, justificar ante el Capacitador sus inasistencias; además, deberán llevar a cabo las actividades que formen parte de la capacitación, así como realizar la entrega de los trabajos o tareas que se le asignen.

El Centro Capacitador, por conducto de los capacitadores, entregará la documentación probatoria en los formatos membretados que la Secretaría de Trabajo proporcione, previo a la realización de los cursos, mismos que serán:

a) Ficha General de Asistencia (en donde se establece si la persona cumple o no con los requisitos para recibir la beca);
b) Lista de asistencia del curso de capacitación, y
c) Evidencia fotográfica.

Cuando se hayan cubierto las capacitaciones y se hayan entregado los documentos probatorios, la Instancia Ejecutora solicitará a la Dirección de Administración de la Secretaría de Trabajo, realice las gestiones necesarias para la entrega de los apoyos (beca de capacitación) a quienes hayan concluido satisfactoriamente los cursos.

El apoyo será otorgado a través de los medios que estime la Secretaría de Trabajo, mismo que se brindará exclusivamente a las personas beneficiarias. Para ello, se les citará en las instalaciones de la Secretaría de Trabajo o lugares a convenir, y se les solicitará presentar identificación oficial para cotejar nombre como persona beneficiaria del presente Subprograma, así como para requisitar la póliza correspondiente.

Una vez notificada la fecha de entrega del apoyo, las personas beneficiarias tendrán un plazo de treinta días hábiles para recogerlo, concluido este periodo, se procederá a la cancelación del beneficio económico.

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Secretaría de Trabajo

Oficina de la Dirección General de Empleo y Participación

Callejón de la 10 norte #806, Paseo de San Francisco, Barrio el Alto, C.P.72000; Puebla, Puebla.
Tel: (222) 246-44-57
Correo electrónico: capacitacion.empleo@puebla.gob.mx

Responsables

C. Maribel Miguel Vargas, Directora General de Empleo y Participación
C. Elviz Eduardo Ramírez Villatoro, Subdirector de Productividad
C. Norma Romero Pérez, Coordinadora del Subprograma


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