La subcontración en Puebla y en México.

El outsourcing es un sistema de contratación laboral también conocido como tercerización; se trata de un medio por el cual una empresa adquiere a un trabajador que puede estar contratado por otra. Creado para facilitar trabajos especializados, ha sido deformado por algunas empresas, cuyas malas prácticas llevaron a quitar derechos básicos de las y los trabajadores. Debido a su regulación, se indica que:

1. Sólo se podrán subcontratar “servicios especializados”.
2. Las agencias especializadas para trabajadores de este tipo, podrán ser sólo de reclutamiento, selección entrenamiento y capacitación de personal.
3. Quienes ofrezcan subcontratación deberán estar autorizados por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y tendrán una vigencia de tres años.
4. Las empresas autorizadas por la STPS formarán un padrón coordinado por esta institución.
5. Quienes contraten servicios de outsourcing, también serán responsables en caso de incumplimiento de las obligaciones de trabajo.
6. Se entregará un reporte trimestral al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de sus contratos por periodo.
7. Las empresas de subcontratación presentarán un informe cada cuatro meses, sobre sus trabajadores y contratos ante el Infonavit.
8. Queda prohibida la deducción o acreditación fiscal de la contratación por outsourcing.
9. Las empresas que utilizan este método, deberán actualizarse con estas reglas en seis meses, a partir de que se aplique la reforma.




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