Actas Voluntarias

Levantamiento de Actas Voluntarias de Conciliación Laboral



A personas en búsqueda de empleo:

Trabajadores, sus beneficiarios, Sindicatos y Patrones.

Asentar en acta, con apego a la Ley Federal del Trabajo, los acuerdos entre las y los trabajadores, sus personas beneficiarias y las y los patrones, al término de una relación laboral.

Documento a Obtener:

Acta de conciliación.

A personas en búsqueda de empleo:

1. Para el trabajador, los beneficiarios y la parte patronal: identificación oficial original con copia simple.
2. Para el caso de las/los beneficiarias: declaración de beneficiarios emitida por la autoridad competente.
3. Para la parte patronal: carta poder debidamente requisitada en caso de representar a persona física; en caso de representar a persona moral, además instrumento notarial del que se derive la carta poder.

A personas en búsqueda de empleo:

Paso 1: Presentarse ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Paso 2: Solicitar la elaboración de acta voluntaria de conciliación laboral.
Paso 3: Presentar documentación.
Paso 4: Verificar que el acuerdo conciliatorio se encuentre en términos de ley.
Paso 5: Se levanta el acta voluntaria y se recaban firmas.

Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PRODET)

Calle 20 sur No. 902 Col. Azcárate Puebla Pue. C.P. 72501
Tel: (222) 235-61-60
Horario: Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas
prodet@puebla.gob.mx

Observaciones

Para la parte patronal, acompañar copia simple de los documentos con los que acredite su personalidad y en su caso del cheque con el que efectúe el pago.



Opciones de accesibilidad

Secretaría de Trabajo de Estado de Puebla